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miércoles, 26 de febrero de 2014

COHERENCIAS: Por Roberto Fulcar│¿Cuál Pacto Educativo? (3)

Publicado por: elpaisdominicano.com, el 15 de diciembre de 2013
http://elpaisdominicano.do/2013/12/15/cual-pacto-educativo-3/

La señal oficial más importante, la que uno puede racionalmente considerar como la más auténtica, se supone que es la que se recoge en la fundamentación y definición del Pacto Nacional para la Reforma Educativa, los actores para su concertación y el proceso de su formulación. Todo lo anterior tiene una fuente por excelencia para retratarlo en su mejor identidad, que es el Decreto No. 228-13, del Poder Ejecutivo, emitido el 13 de agosto del 2013, que norma la formulación de dicho Pacto.


De entrada, el referido decreto deja convocado al Consejo Económico, Social e Institucional “para que en conjunto con las instancias de gobierno competentes, organicen el espacio para la discusión y concreción del Pacto Nacional para la Reforma Educativa” (Art.1), y encarga al Ministro de la Presidencia -a quien designa como Presidente de lo que en el decreto se ha denominado Consejo Educativo Gubernamental-, y al de Economía, Planificación y Desarrollo, para que, junto al presidente del Consejo Económico, Social e Institucional, definan la metodología y organización del Pacto, tarea que debió haber sido encomendada al Ministerio de Educación.

Eso podría no ser relevante si se considera que una y otra son dependencias gubernamentales, pero no hay dudas de que lo es la excesiva concentración gubernamental en la participación y las atribuciones que el decreto asigna con relación al Pacto. El Poder Ejecutivo no sólo designa la Coordinación y el Comité Educativo Gubernamental, lo cual es comprensible; sino que también señala al Comité Técnico de Apoyo, a los acompañantes técnicos y hasta decide a quiénes convocar y escoge a los testigos internacionales y a los testigos nacionales. (Ver: Artículos 1, 3, 4,5 y 6 del Decreto).

Al examinar íntegramente el decreto, encuentra uno notorias ausencias de instituciones del propio sector educativo, como la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), la Asociación Nacional de Profesionales y Técnicos de Educación (ANPROTEC), la Federación de Estudiantes Dominicanos (FED); expresiones sociales como el movimiento sindical, de la sociedad civil, las iglesias, la comunicación, organizaciones políticas sin representación congresional y expertos educativos independientes. Así las cosas, estamos frente a un propósito de Pacto que, por definición, sería el producto de un proceso con una elevada concentración de la tendencia oficialista y con significativas exclusiones de sectores que mucho tienen que decir y aportar.

Obviando la necesaria vinculación de los ciudadanos y ciudadanas al proceso de discusión del pacto, factor fundamental en su legitimidad, el decreto limita explícitamente la participación en las actividades relacionadas a las fases de discusión, concreción y firma del pacto, a los convocados en el propio decreto o a sus suplentes, en caso de que los titulares se ausenten. (Art. 10 del pacto). Por si alguien quisiese interpretar que esa limitación social y política se refiere sólo a la coordinación, en el articulo siete se establece un plazo de tres meses para concluir el proceso del Pacto Nacional por la Reforma Educativa, lo que nos remite, sin dudas a la intencionalidad de un pacto de gabinete y no al producto de una concertación social y de nutritiva movilización ciudadana.

El gobierno, consciente de la prisa del plazo, pero leal a ella, deja claro su potestad de tomar iniciativas legislativas ante el congreso nacional “y/o dictar decretos, resoluciones, reglamentos e instrucciones” sobre los puntos “en los que no haya sido posible pactar en el tiempo establecido” (Art.8). Se trata, queda claro, de un precipitado ejercicio que procura bautizar, con asomos de participación pero sin trascender los formalismos, una visión y un plan preconcebido en espacios muy reducidos.

Si se quisiera argüir que, a pesar de la filosofía concentradora y excluyente evidenciada en el decreto que manda a formular y orienta la formulación del Pacto, hay una vocación práctica por marchar hacia una gestión educativa superadora de las profundas debilidades que acusa la presente, habría entonces que remitirse a los hechos prácticos, que son mas contundentes que los discursos. Un sonoro acontecimiento en educación, de reciente factura y de la autoría de la actual gestión lo constituyó la Orden Departamental No.11-2013, emitida por el Ministro de Educación, Lic. Carlos Amarante Baret el 31 de octubre del presente año, la que tantos comentarios generó en distintos sectores de la vida nacional.


Mediante esa Orden Departamental, con una extensión de 240 (doscientos cuarenta) artículos, de golpe y porrazo y sin explicación alguna, se barrió con los Directores Regionales y los Directores de Distritos Escolares de todo el país. Todos los Ministros anteriores cambiaron funcionarios de este nivel, lo cual es comprensible, pero jamás fueron destituidos todos los regionales y todos los distritales de un golpe.

Mi crítica a esta medida no implica un desconocimiento de las facultades del Ministro de Educación para tomarla, porque sí las tiene; tampoco una apuesta por las competencias profesionales, gerenciales y éticas de esos funcionarios, pues sencillamente las desconozco, incluso sé de importantes debilidades de algunos en la materia.

Lo que dudamos es que todos los Directores Regionales y Todos los Directores Distritales del Ministerio de Educación de la república Dominicana fueran tan incompetentes que merecieran su destitución simultánea, y lo que es peor, al país nadie se mostró, antes de la medida o después de ella, los resultados de una evaluación del desempeño, en los cuales se fundamentara su adopción.


Lo anterior no deja mas camino al análisis que no sea concluir en que se trató de una medida política de carácter grupal o tendencial, vinculada al forcejeo por franjas de poder en el partido oficialista. Y ese hecho práctico pone seriamente en dudas la existencia de una auténtica y sincera voluntad política de concretar un Pacto Educativo para cambiar el presente modelo.

* Danilo Medina, Presidente de la República Dominicana, Decreto No. 228-13, del 13 de agosto del 2013. Recuperado el 12 de diciembre de 2013, de: http://www.consultoria.gov.do/spaw2/uploads/files/Decreto%20No.%20228-13.pdf

**MINERD (2013), Orden Departamental No. 11-2013, del 31 de octubre del presente año 2013. Recuperada el 12 de diciembre de 2013, de: http://www.ciudadoriental.com/Orden%20Departamental%20No.11-2013%20001.pdf

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